- 2ª Convocatoria: empresas de 3 a menos de 10 empleado hasta el 31/12/2024.
- 3ª Convocatoria: empresas de 0 a menos de 3 empleados hasta el 31/12/2024.

- Pequeña empresa, microempresa o autónomo
- Estar de alta en Hacienda y tener la antigüedad mínima de 6 meses.
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social



Una vez contratado el servicio que te ofrece el Agente Digitalizador, tendrás que firmar la propuesta de Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, por medio de un formulario digital disponible a través de la Sede Electrónica de Red.es, aceptando las condiciones que se establezcan en el mismo.
El plazo máximo para la formalización (elaboración y firma) de los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización asociados al “bono digital” por ambas partes será de 6 meses, contados desde la notificación de la Resolución de concesión de la ayuda. Trascurrido dicho plazo, el beneficiario perderá el derecho al cobro del importe de la subvención concedida que no figure asociada a los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización debidamente formalizados
Mas información en: https://www.acelerapyme.gob.es/kit-digital O AL TELEFONO 900 909 001